
Modifican Impuesto a las Ganancias
En forma retroactiva se modifica la ley de impeusto a las ganancias 2021.

En forma retroactiva se modifica la ley de impeusto a las ganancias 2021.

Se posterga la fecha límite de presentación de DDJJ de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto cedular.

Aceleradamente pasamos de un cambio digital a otro nivel, y luego a otro y todo sigue. Cada año se acelera más y más el cambio tecnológico, sin que nada podamos hacer para frenarlo. Debemos reconocerTransforme su negocio y entre en el mundo digital 4.0

Ante el asueto administrativo en el gobierno(día 24), adelantaron la publicación de la LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACIÓN PRODUCTIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA PÚBLICA, N°27.341, con un suplemento vespertino del Boletín Oficial,Ley de Solidaridad.

Se ha modificado la Ley de Impuesto a las Ganancias, insertando el ajuste por inflación en ciertos y determinados Estados Contables, iniciados el 01/01/2018, y en otros casos cerrados luego del 31/12/2017. Hay que estudiarAjuste por inflación en Ganancias.

Vivimos con alta inflación y entonces los procesos de actualización son inevitables. El ajuste por el RIPTE ahora beneficia a los contribuyentes del Impuesto a las Ganancias, especialmente los empleados en relación de dependencia. LaDeducciones de Ganancias. Nuevos valores.

Finalmente, con nuevos aplicativos, nuevos valores y algunas otras modificaciones llegamos al momento de presentar la DJ anual, período 2017, de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. El impuesto sobre losGanancias-Bienes Personales 2017

El 9/4/18 se publica el Decreto PEN N°279/18 por la cual se completa la reforma de la Ley del Impuesto a las Ganancias, estableciendo los detalles para liquidar la renta financiera ganada. https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/181194/20180409 También leerGanancias sobre renta financiera.

Impuesto a las Ganancias. Nuevos valores a partir del 01/01/2018: Por las ganancias no imponibles hasta $ 66.917,91 anuales. Por la deducción especial de 4ta categoría, hasta la suma de $ 66.917,91. Por el cónyuge $ 62.385,20 anuales. Por cada hijo, hija,Nuevos valores para deducciones de Ganancias en el año 2018.